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Primacía de reglas aplicables al Consorcio de Propietarios
Por Ariel Zumpano
“Un Consorcio de Propiedad Horizontal precisa más de un propietario para existir. Además, requiere de estructura, elementos y contenidos sumando a un aspecto ineludible: el sitio físico. Teniendo el sitio, la población precisa una organización del uso compartido (límites al dominio individual) y de las conductas aceptables (pacífica convivencia) para subsistir con perpetuidad. Esa organización la modela el poder legislativo Estatal (fomento de la propiedad privada y orden público soberano para dirigir el entramado económico-social) dictando reglas imperativas.”
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Términos mencionados en esta doctrina: consorcio, propiedad, estructura, elementos, contenidos, ineludible, organización.